Sargento Cabral 2493, Posadas, Misiones, Argentina

Mi jefe me pidió que renuncie, ¿qué hago?

Lamentablemente, es bastante común que en el ámbito laboral, los jefes o encargados de recursos humanos soliciten a su personal que renuncie.

¿Por qué hacen esto? La Ley de Contrato de Trabajo (que, salvo en regímenes especiales, se aplica a las relaciones laborales en nuestro país) prevé tres tipos de despido:

  • Con causa: cuando el empleador, valiéndose de un motivo válido, despide a su empleado. Por ejemplo: reiteradas faltas sin justificación (siempre que se haya intimado antes al empleado y se hayan aplicado sanciones más leves previamente). En este caso, el empleador no debe indemnizar al empleado, solamente pagarle los días trabajados y algunos rubros más, pero que no constituyen en sí una indemnización por despido.
  • Sin causa: el empleador no tiene un motivo específico o declarado para despedir al trabajador, sin embargo, lo hace. En este caso, se debe indemnización y la ley prevé la forma y plazos para abonarla.
  • Indirecto: hay veces que el trabajador encuentra motivos para determinar que su empleador está incumpliendo con las leyes laborales (por ejemplo, pago del salario fuera de término); en ese caso, puede darse por despedido. El despido indirecto equivale a un despido con causa, en la medida en que también hace al empleado acreedor de la misma indemnización que para el caso anterior.

Como vimos, en los casos de despido sin causa e indirectos, el empleador está obligado a abonar al trabajador una indemnización. Solamente en caso de renuncia, la indemnización no se debe y por ello es que, muchas veces, el empleador solicita o “empuja” al trabajador a renunciar.

Incluso, muchas veces, llevan engañado al trabajador al correo para que firme y mande su renuncia por telegrama laboral.

 

¿Cuáles son mis derechos como trabajador si me piden que renuncie?

Es importante que sepas que si renunciás, perdés derecho a cobrar la indemnización. Es frecuente que los empleadores soliciten la renuncia con la promesa del pago de una indemnización mayor; el problema es que ante la renuncia de su empleado, no están obligados a abonarla, por lo que pueden no hacerlo y de ese modo, quien renunció se queda sin nada.

El único caso en que corresponde la renuncia es si el trabajador, por un motivo ajeno a la empresa, quiere dejar de trabajar en ella. Si hay razones que resultan en una molestia tal que hacen imposible la continuidad laboral, pero dichas razones son por culpa del empleador o del ambiente de trabajo, es necesario intimar fehacientemente (esto es, por telegrama laboral) a la modificación de esas circunstancias que hacen difícil o imposible seguir trabajando.

Si el jefe o encargado no lo hace, corresponde un despido indirecto (el trabajador se da por despedido), que da lugar a la indemnización que mencionamos.

La renuncia y recontratación

Hay veces en las que se solicita la renuncia, pero la idea es que el trabajador siga prestando sus servicios en la empresa. ¿Por qué hacen esto?

Nuevamente, es el empleador queriendo evitar el pago de lo que corresponde. En este caso, cuando el trabajador renuncia, deja de computársele la antigüedad y al recontratarlo, vuelve a comenzar de cero. Esto implica que la antigüedad no será tenida en cuenta para el abono de mayor salario o para la cantidad de días que corresponden a las vacaciones anuales.

Pedir la renuncia y volver a contratar al trabajador es un fraude, que demostrado en sede judicial, dará origen a multas que tendrán que pagarse a favor del mismo.

¿Por qué es importante asesorarme?

Porque una vez que se presentó el telegrama o la carta de renuncia, ya no hay vuelta atrás. Es difícil probar que un trabajador renunció “engañado” o presionado por su empleador, porque se supone que todos leemos lo que firmamos.

Sin embargo, hubo casos en los que se probó que el trabajador era analfabeto y no comprendió que firmó su renuncia; o que habiendo renunciado el trabajador, luego el empleador le abonó una gratificación, por lo que se supuso que hubo un despido encubierto (Soldo, Miguel c/Trans Ona s/Despido).

Más allá de eso, son pocos los casos en los que realmente se cuenta con pruebas que acrediten que el empleado no quería renunciar. Por eso, ante la solicitud o presión del empleador para que emita su renuncia, el trabajador debe actuar en forma inmediata, requiriendo asistencia letrada para evaluar su caso en particular y asesorarlo con las acciones a seguir.

 

¿Te pidieron que renuncies? ¿Sentís que te están presionando para que lo hagas? Contactate con nosotros: (0376) 154713528 – (0376) 4428332 – werleyasociados@gmail.com

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